EL CERTIFICADO DE SEGURO Y POLIZA DE SEGURO NO ES LO
MISMO CADA UNO TIENE SUS PROPIAS CARACTERÍSTICAS.
LA POLIZA.- ES UN DOCUMENTO QUE CERTIFICA EL
MENCIONADO RESPALDO AL QUE ACCEDE EL ASEGURADO CUANDO PAGA SU FIRMA.
EL CERTIFICADO.- ES UN DOCUMENTO ESTABLECIDO PARA EL
ASEGURADOR EN EL QUE SE INDICA QUE SE HA SUSCRITO UN SEGURO Y PREPARADO UNA
POLIZA.
LA POLIZA.- TAMBIÉN PUEDE SER MENCIONADA COMO CONTRATO
DE SEGURO, FIJA LOS TÉRMINOS PARA LOS CUALES EL ASEGURADO SE OBLIGA A RESCRAR
UN DAÑO O A PAGAR UNA SUMA AL VERIFICARSE UNA EVENTUALIDAD PREVISTA EN EL
CONTRATO.
EL CERTIFICADO.- ES AQUELLA POR LA QUE EN VIRTUD DE
LAS CARACTERÍSTICAS ESPECIALES DEL RIESGO SE CONCEDE AL ASEGURADO DENTRO DE UNOS
LIMITES Y PREVIOS RE-ACCIONAMIENTOS DE DETERMINADAS CONDICIONES UNA GARANTÍA ABIERTA “EN LA QUE SE PUEDE ACCEDER AUMENTOS O REDUCCIONES”.
Documentos
Comúnmente Usados en la Exportación.
Los documentos que se
requieren depende del país de destino, las condiciones de la venta, el medio de
trasporte, las características de su producto en particular y las normativas
que puedan aplicarse. Hay varios documentos que se ocupan en la mayoría de las
exportaciones, son las siguientes:
1.
Factura Pro Forma (Pro Forma Invoice).
2.
Factura Comercial (Commercial Invoice).
3.
Factura Consular (Consular Invoice).
4.
Lista de Empaque de la Exportación (Export
Packing List).
5.
Conocimiento de Embarque Marítimo (Ocean Bill
of Lading).
6.
Guía Aérea (Air Waybill).
7.
Certificado de Origen (Certificate of
Origin).
8.
Certificado de Inspección (Inspection
Certificate).
9.
Certificación Fitosanitaria (Phytosanitary
Certificate).
10. Certificado
de Seguro (Insurance Certificate).
11. Declaración
de Exportación del Embarcador (Shipper’s Export Declaration).
12. Licencia
de Exportación (Export License).
13. Carta
de Instrucción del Remitente (Shipper’s Instructions).
Factura
Pro Forma (Pro Forma Invoice).
Una vez concretado el negocio y aceptado el pedido u
orden de compra del cliente en el extranjero, el exportador confecciona una
Factura Pro Forma. Con esta factura comienza el proceso de exportación. El
comprador la necesita para solicitar una importación y en caso que va a pagar
con carta de crédito, necesita la Factura Pro Forma para presentarla a su banco
en el extranjero para solicitar la carta de crédito.
La Factura Pro Forma debe tener información completa y
precisa del producto que se exporta y las condiciones acordadas entre el
exportador y el importador, incluyendo el precio del producto y todo otro costo
que corre por cuenta del comprador.
La Factura Pro Forma debe indicar:
·
Cantidad y una descripción de la mercancía,
indicando su peso y dimensiones para el envío y cualesquiera otras
especificaciones del producto.
·
El precio unitario y precio total de la
entrega.
·
El tipo de cotización, con una indicación de
los Incoterms que son las condiciones de comercio comúnmente aceptadas para el
comercio internacional.
·
El método de empaque.
·
Los medios de transporte y los costos
asociados.
·
El lugar de descarga o entrega de los bienes.
·
La fecha de entrega.
·
La forma y el instrumento de pago.
Factura
Comercial (Commercial Invoice).
Es un documento administrativo que emite el vendedor al
realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter
contable, tanto para el vendedor como para el comprador. Si se trata de una
operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para
poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación. Una vez
aceptada la Factura Por Forma, el exportador debe confeccionar una Factura
Comercial.
Los datos que debe contener la Factura Comercial son los
siguientes:
·
Fecha, nombres y razones comerciales de
vendedor y comprador.
·
Denominación precisa y cantidad de mercancía.
·
Precio unitario y total de la mercancía en la
divisa pactada.
·
Forma y condiciones de pago.
·
Términos de entrega de la mercancía.
·
No es necesario que estén firmadas.
Además de los datos que
señala el Reglamento Comunitario, deberán incluirse los siguientes:
·
Número de identificación a efectos del IVA
del vendedor y del comprador (en operaciones intracomunitarias).
·
Referencia al pedido o factura proforma.
·
Origen de la mercancía.
·
Medio de transporte.
Factura Consular (Consular Invoice).
Título especial emitido por
el vendedor de una mercadería, a petición de las Autoridades Aduaneras de
algunos países para determinar, cuando se efectúe el despacho, la clase de
arancel que soportará la mercancía. A veces puede suplirse con la aportación de
una Factura Comercial visada por el Consulado del país importador en la nación
exportadora. La Solicitud
de la Factura Consular la realiza el Exportador de la mercancía a petición de
las Autoridades Aduaneras de algunos países.
El consulado cobra derechos
por certificar y legalizar los documentos y el contrato de venta u orden de
compra debe especificar las responsabilidades
por estos y otros costos de la documentación entre el exportador y el
importador.
Lista de Empaque de la
Exportación (Export Packing List).
La Lista de Empaque de la
Exportación es bastante más detallada e informativa que la Lista de Empaque
Doméstica Estándar. Se individualizan los contenidos de cada paquete
individual, indicando el tipo de empaque, que sea una caja, tambor o envase.
También muestra los pesos y medidas netas, legales, brutas y taraje de cada
paquete, en unidades inglesas y métricas.
Los datos que debe contener
la Lista de Empaque de la Exportación, son los siguientes:
·
Datos del
exportador.
·
Datos del
importador.
·
Fecha y lugar de
emisión.
·
Marcas y números
de los bultos.
·
Modo y datos del
medio de transporte.
·
Detalle de la
cantidad de bultos.
·
Peso y detalle
de la mercancía contenida en cada uno de los bultos.
·
Total de los
pesos, bruto y neto.
Conocimiento de
Embarque Marítimo (Ocean Bill of Lading).
El conocimiento de embarque
marítimo es un documento emitido por el transportista, reconociendo que los
bienes que se especifican han estado recibidos a bordo para el transporte y que
están listos para su entrega a un lugar determinado, al consignatario
identificado.
Los datos que contiene el
Conocimiento de Embarque Marítimo son los siguientes:
·
Partes
contratantes (naviera o armador, consignatario de buques, cargador y destino de
la mercancía).
·
Nombre del
buque.
·
Número de viaje.
·
Puerto de carga.
·
Puerto de
descarga.
·
Descripción de
la mercancía a transportar (marcas y números de embalajes).
·
Numeración de
contenedores.
·
Peso bruto y
volumen de la mercancía.
·
Flete a
satisfacer.
·
Lugar y fecha de
emisión del documento.
Guía Aérea (Air Waybill).
Las guías son instrumentos
no negociables y sirven como recibo para el exportador. La guía aérea sirve
como evidencia que la aerolínea ha aceptado los bienes indicados en la lista y
se compromete en llevarlos al aeropuerto de destino. La mayoría de las guías
aéreas también tienen una declaración de aduana.
Los datos que debe tener una
Guía Aérea son los siguientes:
·
Nombre del
destinatario.
·
Número de vuelo
y destino.
·
Aeropuerto de
salida y de llegada.
·
Detalles de la
carga: pero, volumen, cantidad, tarifa y descripción.
·
Indicación de
que si el flete es pagadero en origen o en destino.
·
Importe del
flete.
·
Número de guía
aérea.
·
Fecha de
emisión.
Certificado de Origen
(Certificate of Origin).
Este es el documento que
certifica que los bienes fueron
fabricados o producidos en México, los importadores ocupan el certificado de
origen para aprovechar la exención del pago de aranceles, de conformidad con
los tratados de libre comercio que otros países han celebrado con México.
Los datos que debe contener
un Certificado de Origen son los siguientes:
·
Nombre de la
empresa.
·
Domicilio.
·
Número de
factura comercial.
·
Denominación y
posición arancelaria de los productos a exportar.
·
Valor FOB de
exportación (unidad, kg, metro, toneladas, etc).
·
Breve descripción
del proceso productivo.
·
Componentes del
producto a ser exportado.
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