martes, 12 de mayo de 2015

TAREA - ¿QUIEN ELABORA Y DE DONDE SE OBTIENE EL CERTIFICADO DE ORIGEN?

LAS ASIGNATURAS MANTENDRÁN VIGENTES LAS REPARTICIONES OFICIALES Y LOS ORGANISMOS PÚBLICOS O PRIVADOS HABILITADOS PARA EMITIR CERTIFICADOS DE ORIGEN, CON EL REGISTRO Y LAS FIRMAS, DE LOS FUNCIONARIOS ACREDITADOS PARA TAL FIN DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALADI.


ES UN DOCUMENTO ESPEDIDO Y/O VISADO POR LAS CÁMARAS DE COMERCIO U OTROS ORGANISMOS COMPETENTES DEL PAÍS EXPORTADOR






Documentos Comúnmente Usados en la Exportación.
Los documentos que se requieren depende del país de destino, las condiciones de la venta, el medio de trasporte, las características de su producto en particular y las normativas que puedan aplicarse. Hay varios documentos que se ocupan en la mayoría de las exportaciones, son las siguientes:
1.    Factura Pro Forma (Pro Forma Invoice).
2.    Factura Comercial (Commercial Invoice).
3.    Factura Consular (Consular Invoice).
4.    Lista de Empaque de la Exportación (Export Packing List).
5.    Conocimiento de Embarque Marítimo (Ocean Bill of Lading).
6.    Guía Aérea (Air Waybill).
7.    Certificado de Origen (Certificate of Origin).
8.    Certificado de Inspección (Inspection Certificate).
9.    Certificación Fitosanitaria (Phytosanitary Certificate).
10. Certificado de Seguro (Insurance Certificate).
11. Declaración de Exportación del Embarcador (Shipper’s Export Declaration).
12. Licencia de Exportación (Export License).
13. Carta de Instrucción del Remitente (Shipper’s Instructions).

Factura Pro Forma (Pro Forma Invoice).
Una vez concretado el negocio y aceptado el pedido u orden de compra del cliente en el extranjero, el exportador confecciona una Factura Pro Forma. Con esta factura comienza el proceso de exportación. El comprador la necesita para solicitar una importación y en caso que va a pagar con carta de crédito, necesita la Factura Pro Forma para presentarla a su banco en el extranjero para solicitar la carta de crédito.
La Factura Pro Forma debe tener información completa y precisa del producto que se exporta y las condiciones acordadas entre el exportador y el importador, incluyendo el precio del producto y todo otro costo que corre por cuenta del comprador.
La Factura Pro Forma debe indicar:
·         Cantidad y una descripción de la mercancía, indicando su peso y dimensiones para el envío y cualesquiera otras especificaciones del producto.
·         El precio unitario y precio total de la entrega.
·         El tipo de cotización, con una indicación de los Incoterms que son las condiciones de comercio comúnmente aceptadas para el comercio internacional.
·         El método de empaque.
·         Los medios de transporte y los costos asociados.
·         El lugar de descarga o entrega de los bienes.
·         La fecha de entrega.
·         La forma y el instrumento de pago.

Factura Comercial (Commercial Invoice).
Es un documento administrativo que emite el vendedor al realizar la expedición de la mercancía y tiene una función de carácter contable, tanto para el vendedor como para el comprador. Si se trata de una operación no comunitaria, el comprador necesitará siempre este documento para poder realizar los trámites aduaneros en el país de importación. Una vez aceptada la Factura Por Forma, el exportador debe confeccionar una Factura Comercial.
Los datos que debe contener la Factura Comercial son los siguientes:
·         Fecha, nombres y razones comerciales de vendedor y comprador.
·         Denominación precisa y cantidad de mercancía.
·         Precio unitario y total de la mercancía en la divisa pactada.
·         Forma y condiciones de pago.
·          Términos de entrega de la mercancía.
·         No es necesario que estén firmadas.
Además de los datos que señala el Reglamento Comunitario, deberán incluirse los siguientes:
·         Número de identificación a efectos del IVA del vendedor y del comprador (en operaciones intracomunitarias).
·          Referencia al pedido o factura proforma.
·         Origen de la mercancía.
·         Medio de transporte.
 Factura Consular (Consular Invoice).
Título especial emitido por el vendedor de una mercadería, a petición de las Autoridades Aduaneras de algunos países para determinar, cuando se efectúe el despacho, la clase de arancel que soportará la mercancía. A veces puede suplirse con la aportación de una Factura Comercial visada por el Consulado del país importador en la nación exportadora. La Solicitud de la Factura Consular la realiza el Exportador de la mercancía a petición de las Autoridades Aduaneras de algunos países.
El consulado cobra derechos por certificar y legalizar los documentos y el contrato de venta u orden de compra debe especificar  las responsabilidades por estos y otros costos de la documentación entre el exportador y el importador.

Lista de Empaque de la Exportación (Export Packing List).
La Lista de Empaque de la Exportación es bastante más detallada e informativa que la Lista de Empaque Doméstica Estándar. Se individualizan los contenidos de cada paquete individual, indicando el tipo de empaque, que sea una caja, tambor o envase. También muestra los pesos y medidas netas, legales, brutas y taraje de cada paquete, en unidades inglesas y métricas.
Los datos que debe contener la Lista de Empaque de la Exportación, son los siguientes:
·         Datos del exportador.
·         Datos del importador.
·         Fecha y lugar de emisión.
·         Marcas y números de los bultos.
·         Modo y datos del medio de transporte.
·         Detalle de la cantidad de bultos.
·         Peso y detalle de la mercancía contenida en cada uno de los bultos.
·         Total de los pesos, bruto y neto.

Conocimiento de Embarque Marítimo (Ocean Bill of Lading).
El conocimiento de embarque marítimo es un documento emitido por el transportista, reconociendo que los bienes que se especifican han estado recibidos a bordo para el transporte y que están listos para su entrega a un lugar determinado, al consignatario identificado.
Los datos que contiene el Conocimiento de Embarque Marítimo son los siguientes:
·         Partes contratantes (naviera o armador, consignatario de buques, cargador y destino de la mercancía).
·         Nombre del buque.
·         Número de viaje.
·         Puerto de carga.
·         Puerto de descarga.
·         Descripción de la mercancía a transportar (marcas y números de embalajes).
·         Numeración de contenedores.
·         Peso bruto y volumen de la mercancía.
·         Flete a satisfacer.
·         Lugar y fecha de emisión del documento.

Guía Aérea (Air Waybill).
Las guías son instrumentos no negociables y sirven como recibo para el exportador. La guía aérea sirve como evidencia que la aerolínea ha aceptado los bienes indicados en la lista y se compromete en llevarlos al aeropuerto de destino. La mayoría de las guías aéreas también tienen una declaración de aduana.
Los datos que debe tener una Guía Aérea son los siguientes:
·         Nombre del destinatario.
·         Número de vuelo y destino.
·         Aeropuerto de salida y de llegada.
·         Detalles de la carga: pero, volumen, cantidad, tarifa y descripción.
·         Indicación de que si el flete es pagadero en origen o en destino.
·         Importe del flete.
·         Número de guía aérea.
·         Fecha de emisión.

Certificado de Origen (Certificate of Origin).
Este es el documento que certifica que  los bienes fueron fabricados o producidos en México, los importadores ocupan el certificado de origen para aprovechar la exención del pago de aranceles, de conformidad con los tratados de libre comercio que otros países han celebrado con México.
Los datos que debe contener un Certificado de Origen son los siguientes:
·         Nombre de la empresa.
·         Domicilio.
·         Número de factura comercial.
·         Denominación y posición arancelaria de los productos a exportar.
·         Valor FOB de exportación (unidad, kg, metro, toneladas, etc).
·         Breve descripción del proceso productivo.
·         Componentes del producto a ser exportado.


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